Carta de dote de Carmen Mora Mas y capital de Pascual Vilarroya Andreu

Género y ciclo vital: matrimonio
Género y propiedad

En la cultura tradicional, el matrimonio estaba subordinado a los intereses familiares. Se procuraba arreglar el enlace entre familias de la misma clase social o vecindario. La mujer pasaba de la tutela del padre a la del esposo. La era lo que aportaba la mujer al casamiento,
salía generalmente de los bienes gananciales de los padres, su valor suponía para ella la diferencia entre un “buen” y un “mal” casamiento. Aunque el marido quedaba como administrador y gestor de estos bienes, estos pertenecían a la esposa, pudiéndolos recuperar en caso de disolución del matrimonio o viudez. La normativa legal y la aplicación de la misma es un claro reflejo de una sociedad patriarcal donde el papel de la mujer queda relegado a un plano secundario. El desarrollo de la propiedad privada junto al desarrollo del derecho hereditario materno ha supuesto a lo largo de la historia la consagración del hombre como figura de cabeza de familia y la subordinación de la mujer a él. De esta manera, el hombre queda enmarcado en el rol de propietario y gestor de los bienes, teniendo la responsabilidad de los mismos; mientras que la mujer queda relegada a un rol que no le permite acceder a casi ningún bien, lo cual le impide ser autónoma y le encamina hacia una vida de dependencia.